Un juzgado español archivó la causa que investigaba la estancia de la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez, en el aeropuerto de Madrid el pasado 20 de enero; pues considera que la zona de tránsito internacional no es territorio nacional.
Según informó este miércoles el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el juzgado de Instrucción número 31 de Madrid ha dictado el sobreseimiento del caso.
Rodríguez tiene prohibida la entrada y tránsito en la zona comunitaria de Schengen; según las restricciones aplicadas por la Unión Europea a los altos cargos del Gobierno de Venezuela.
El juzgado sigue así el criterio de la Fiscalía y argumenta que, según el artículo 25 de la ley española de extranjería, la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español no es territorio nacional. La resolución judicial puede ser recurrida.
La breve estancia de la vicepresidenta venezolana en el aeropuerto madrileño y su encuentro allí con el ministro español de Transporte, el socialista José Luis Ábalos; el pasado mes de enero provocó una fuerte polémica política en España, sobre todo por parte del conservador Partido Popular (PP); muy crítico con el gobierno del presidente Nicolás Maduro.
El tribunal aunó las querellas presentadas por el PP (conservador) y Vox (extrema derecha) contra varias personas implicadas en esa estancia por delito de prevaricación.
Vox también denunció a los implicados por omisión del deber de perseguir delitos, desobediencia y usurpación de atribuciones.
La Fiscalía de Madrid solicitó a finales de octubre el archivo de la causa al considerar que la mandataria venezolana «no manifestó su intención ni hizo acción alguna» para entrar en España.
El Ministerio Público recuerda que Rodríguez «no debía entrar o transitar por España»; y según la Comisaría General de Extranjería y Fronteras; la política «no hizo valer su prerrogativa de uso de sala de autoridades ni manifestó su intención de entrar en territorio Schengen».
Solo permaneció en la sala de la terminal de aviación ejecutiva hasta que embarcó en otro vuelo; y esa estancia tiene la consideración de zona de tránsito aeroportuario, al igual que todos los espacios cerrados que preceden al paso por los controles policiales de frontera; argumentó la Fiscalía.
Esta causa es diferente de la que se sigue en el Tribunal Supremo contra el ministro Ábalos; por su encuentro ese día en el aeropuerto madrileño con Rodríguez.
También la Fiscalía se opuso recientemente a las querellas presentadas por Vox y Laócrata contra Ábalos, a quien le atribuyen un delito de prevaricación por el encuentro.
Ambos partidos aseguran que Ábalos autorizó a la vicepresidenta de Venezuela para que «atravesara el espacio aéreo español y aterrizara en el aeropuerto de Madrid, pese a que «tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo».
En Conexión | EFE
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